Por:
Claudia Elena Posada
Más allá de las
genialidades que se han inventado para crear memes definitivamente muy chistosos,
por cuenta del comparendo aplicado en Bogotá para que el ciudadano que compro´ una
empanada en la calle comparezca a la instancia judicial correspondiente a pagar
la multa que le fue impuesta, se ocultan infinidad de situaciones.
La primera de
ellas, sin duda, no conocemos las normas que están contempladas en leyes y
decretos, y es bien sabido que su desconocimiento no nos exime de cumplirlas.
Por ejemplo, dice el artículo 140 del Código Nacional de Policía, con respecto
a “Comportamientos
contrarios al cuidado e integridad del espacio público”, en el punto 6: “Promover o facilitar el
uso u ocupación del espacio público en violación de las normas…” Está bien que en su
momento se socializó el código que se constituía en toda una novedad y que
generó de igual manera comentarios a favor y en contra; pero otra cosa es
interpretar contenidos implícitos, que requieren cursos completos y muy
participativos.
Para los ciudadanos del montón -y hasta para los más instruidos-
es difícil pensar que antes de comprar en un puesto de venta estacionaria
callejera, un chorizo, mango biche, perro caliente, churros, obleas, solteritas,
arepas con todo, papitas
criollas, y demás “viandas” que se ofrecen para llevar o comer ahí mismo, debamos preguntarle al vendedor si tiene
autorización para ocupar el espacio público, e inclusive solicitarle que nos lo
presente pues somos muy dados a mentir para vender, desde una empanada hasta un
carro. Y podemos estar corriendo el riego de poner en peligro el salario de un
mes.
Los llamados “maneros” tienen la ventaja sobre las ventas
estacionarias, que no pagan impuestos por la ocupación autorizada del espacio
público; son los mismos que se clasifican como vendedores ambulantes, y aunque
el “plante” está en la esquina, al pie
del semáforo o del árbol más cercano, a ellos se les compra ”a la carrerita”
mientras cambia el semáforo, y no pueden ser entonces controlados, no por lo menos,
por uso del espacio público pues están desplazándose.
Lo anterior, para significar que las ciudades, al igual que los
municipios más pequeños, deben controlar la ocupación excesiva del espacio público,
de ahí que por cada determinado cuadrante pueden permitir, es decir, autorizar,
ventas estacionarias, exigirles aseo y la capacitación en manipulación de
alimentos. ¿Pero se cumple?
De malas el dueño de la venta de empanadas en Bogotá y su
comprador desprevenido sujetos del comparendo famoso. Cerca a las
universidades, en las afueras de los sitios de diversión nocturna, en los
alrededores de algunos centros comerciales, junto a escuelas, colegios y en
parques, se ofrecen comidas rápidas calientes y frías. Por cantidades alarmantes
en algunos sectores y determinadas cuadras, las jardineras y antejardines son
invadidos y estropeados con desechos; además, muchos de los compradores dejan
sus motocicletas o automóviles en la calzada mientras disfrutan su refrigerio,
obstaculizando el fácil desplazamiento de otros vehículos. Los propietarios que
cumplen con los requisitos para su pequeño negocio, son pocos. ¿Qué sea la
necesidad de ingresos lo que justifique esta opción? Eso es un asunto distinto
que amerita análisis aparte.
Los “…comportamientos contrarios al cuidado e
integridad del espacio público…” está ligados a la urbanidad y buenas
maneras, a la concientización de que, como ciudadanos, tenemos obligaciones y
deberes que estamos ignorando; pero también a la urgencia de comer algo y
seguir en la rutina del día, a la necesidad de percibir ingresos para sostenerse
y sostener una familia, al deseo de hacerse a una platica que complemente las exiguas
entradas de una inmensa población; en fin, el estudio sociológico es otro tema,
y muy serio a la luz de una economía totalmente injusta y desproporcionada.